Analizan origen e impacto de la tenencia vehicular y propuestas para su reactivación
El impuesto sobre la tenencia o uso de vehículos en México, concebido originalmente en 1962 como una medida temporal para financiar los Juegos Olímpicos de 1968, permaneció vigente durante cinco décadas hasta su derogación federal concretada en enero de 2012, según un análisis de Eduardo Herrera González, integrante de la Academia Chihuahuense de Estudios Fiscales, A. C.
De acuerdo con el especialista, este gravamen ejemplifica la tendencia de las contribuciones temporales a volverse permanentes en el esquema tributario. Herrera González citó también el caso del tributo del 1% sobre remuneraciones al trabajo personal introducido en febrero de 1963 para financiar la educación pública, el cual permaneció activo por 30 años hasta su abrogación en agosto de 1993.
Al transferirse la facultad de administración a las entidades federativas, la tenencia pasó de ser uniforme a generar competencias regionales. Diversos estados aplicaron subsidios o exenciones, lo que derivó en registros vehiculares fuera de la demarcación de residencia para evadir tarifas más altas, como sucedió entre Coahuila y Durango, o en el caso de la Ciudad de México y Morelos.
Ante la eliminación de la carga federal, varias entidades sustituyeron o redefinieron el cobro mediante derechos locales bajo denominaciones como revalidación, refrendo o calcomanía fiscal. Por su parte, regiones como la Ciudad de México y el Estado de México mantuvieron el gravamen mediante subsidios para unidades con valor inferior a 550 mil pesos.
En el ámbito económico, exfuncionarios como Gerardo Esquivel, exsubgobernador del Banco de México, han propuesto reactivar el impuesto al calificarlo como una contribución progresiva, de fácil cobro y escasa evasión, con impactos positivos en la movilidad y el medio ambiente. No obstante, Herrera González consideró que reinstaurar la tenencia sobrecargaría a los contribuyentes, al acumularse con el Impuesto sobre Automóviles Nuevos, el IVA, el IEPS a combustibles y las restricciones de deducción en el Impuesto sobre la Renta.
