20 de octubre de 2026

Notihuahua

Periódico digital del estado de Chihuahua especializado en noticias referentes a administración, organización, empresas y emprendimiento.

Política

Profedet aclaró que 1 y 2 de noviembre no son días de descanso obligatorio

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) aclaró que los días 1 y 2 de noviembre no son de descanso obligatorio, por lo que no generan un pago extra, a diferencia de otros días como el 1 de mayo o el 25 de diciembre.

Según la institución, la jornada laboral será normal el 1 y 2 de noviembre. Sin embargo, los trabajadores pueden descansar el 1 de noviembre si su jefe lo concede voluntariamente. Asimismo, el 1 de noviembre se debe pagar la prima dominical, que corresponde al 25% adicional al salario de ese día.

Los días de descanso obligatorio en México incluyen el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre, el 1 de octubre cada seis años, y el 25 de diciembre. Si un día de descanso obligatorio cae en domingo, se debe pagar la prima dominical según el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

Profedet indicó: “Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo”.

Si se trabaja un día de descanso obligatorio, se debe pagar el triple del salario.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *